Probablemente no nos hayamos parado a pensar el porqué de nuestro fracaso a la hora de hacer llegar un mensaje a nuestro interlocutor o de la contestación que obtenemos cuando alguien no ha entendido la esencia de lo que queríamos realmente transmitir.
Existe un lenguaje que complementa a las palabras y que es incluso hasta más importante en un acto de comunicación que el componente verbal, es decir aquel que transmitimos por medio de palabras. Es precisamente ese al que no prestamos la atención requerida el responsable de que tanto en un ámbito laboral, de compraventas, social o familiar no tengamos la respuesta deseada o al menos coherente con lo que se quiere transmitir.
OTRAS CLÁUSULAS HIPOTECARIAS QUE LOS TRIBUNALES ESTÁN ANULANDO
En los últimos tiempos estamos muy acostumbrados a oír hablar de la nulidad de la famosa cláusula suelo, nulidad que está basada en el quebranto de la buena fe contractual y en la falta de transparencia en la información ofrecida al consumidor en el momento de la contratación.
Pero no sólo la cláusula suelo se considera abusiva y por ende nula por los Tribunales, sino que a su lado, nos encontramos con otras cláusulas insertas en los contratos de hipoteca, que muchas veces no sabemos que tenemos, y que sin embargo los Tribunales están anulando y obligando a los bancos a la devolución del dinero cobrado ilegítimamente como consecuencia de las mismas.
Así, nos encontramos, entre otras, con la hipoteca multidivisa, o las cláusulas por las que se establece como índice de referencia el IRPH en vez del más beneficioso EURIBOR, o la cláusula de vencimiento anticipado del préstamo por impago de una sola cuota, etc.
Hoy nos vamos a ocupar, concretamente, de la hipoteca multidivisa, dejando para otro momento el análisis del resto de cláusulas que podemos anular.